miércoles, 17 de noviembre de 2010

Derecho Real ,Publico y Privado

Derecho Natural
La expresión Derecho Natural hace referencia a una corriente de pensamiento jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado precisamente Derecho Natural.
Así, podríamos definir al Derecho Natural como: "El conjunto de las normas que los hombres deducen de la intimidad de su propia conciencia y que estiman como expresión de la justicia en un momento histórico determinado. La idea de la existencia de este derecho sigue al hombre en el curso de la historia, pero es una idea cambiante como el tiempo".

Derecho Real.- Es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona.
Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales.
El Derecho Público: Regula las relaciones entre el estado y los individuos que forman parte de la sociedad. Este esta conformado por:
Derecho Constitucional: regula la organización del gobierno con sus tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial y la de esos poderes entre si y a su ves con los particulares. Su fuente básica es la Constitución Nacional.
Derecho Administrativo: regula el funcionamiento de los servicios públicos.
Derecho Financiero: regula todas las actividades financieras del Estado como por ejemplo, el presupuesto, los gastos, los recursos.
Derecho Penal: establece cuales son las conductas que se deben implementar para penar aquellos individuos que hallan causado algún delito.
Derecho Procesal: reglamenta el funcionamiento de los juicios o procesos ante los tribunales judiciales.

El Derecho Privado: Conjunto de reglas que regula las relaciones entre los particulares (individuos, personas) y en caso de que interfiriera el Estado lo hace como comunidad o persona y no como poder. Esta conformado por:
Derecho Civil (también llamado Derecho Común): regula todas las actividades habituales y corrientes del ser humano a lo largo de toda su existencia.


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